5 de julio de 2007

Jornada “Derechos de Usuarios y Consumidores”



Declarada de Interés Legislativo, la misma se realizó el martes 3 de Julio en el Recinto de Sesiones de la Cámara Baja Bonaerense y contó en su apertura con la presencia del titular del cuerpo legislativo Dr. Ismael Passaglia, el Vicepresidente II del mismo, Profesor Roberto Filpo y la Contadora Irma Uña, Presidenta de la Comisión de Derechos del Usuario y el Consumidor, organizadora del encuentro.
Para el desarrollo de la Jornada, colaboraron la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, la Sindicatura de Usuarios del OCBA y la Entidad Civil DEUCO.Dividida en tres módulos, se abordaron temas inherentes a los usuarios y consumidores relacionados con los Mecanismos de Tutela, la Protección Jurídica y las Asociaciones que los representan.
Específicamente, se abordaron diversos ítems relacionados a las estructura y organización administrativa de las autoridades de aplicación Nacional, Provincial y Municipal, los principales derechos reconocidos en la Ley Nacional 24.240 y en la Ley Provincial 13.133, su marco legal, la publicidad engañosa y la exhibición de precios. Los servicios públicos, el tratamiento Constitucional, los marcos regulatorios y los procedimientos de audiencias públicas. Finalmente, se habló de la misión y finalidad de Asociaciones de los Usuarios y Consumidores, se plantearon casos prácticos; la legitimación procesal de las mismas, las acciones colectivas y los requisitos para obtener un reconocimiento Nacional y Provincial.
En oportunidad de la apertura, el Diputado Roberto Filpo sostuvo, “que si bien desde la Reforma Constitucional de 1994 se ha consagrado como Derecho del Consumidor en el artículo 42 de nuestra Constitución Nacional, como así también en la Carta Magna Provincial, la situación del consumidor, en cuanto sujeto en relación al consumo, lo pone en una situación de subordinación estructural”.
“La misma, señalaba el legislador ramallense, refiere a la posición de seguridad y resguardo de cada parte en el contrato de consumo, donde hay una parte fuerte y una débil o vulnerable, y ello no tiene que ver necesariamente, con la posición económica de las partes; de hecho, para resolver la cuestión de la desigualdad de partes, se han dictado en el mundo y en nuestra región, leyes que modifican la norma civil tradicional, tratando de equilibrar a las partes”.
Filpo también remarcó en su alocución, y en su condición de autoridad de la Unión de Parlamentario del MERCOSUR (UPM), Bloque Argentino que, “la libre competencia en el ámbito regional tiene un efecto benéfico sobre el consumidor con el MERCOSUR, donde se amplía la oferta de bienes y servicios y por lo tanto, El Tratado de Asunción se ha preocupado de asegurar la libre competencia en el mercado. El asegurarse que las reglas del mercado se darán sin distorsiones, el Mercado Común del Sur ha seguido el modelo europeo”.

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